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RECURSO DE QUEJA EN AUTOS: MARTINEZ CLARES MARIA DE LOS ANGELES S/ SUCESION AB-INTESTATO

La Cámara de Apelaciones desestima la queja presentada por el Dr. Póvolo contra la denegatoria de su recurso, argumentando que no tiene legitimación para apelar y que la ley 22.172 impide cuestionar las resoluciones del juez oficiante, por lo que la resolución de rechazo es correcta y la queja inadmisible.

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El Dr. Póvolo interpuso una queja contra la resolución que denegó su recurso de revocatoria y apelación en subsidio, en la causa de sucesión ab-infantato de María de los Angeles Martinez Clares. La resolución de primera instancia rechazó su recurso por considerar que no tenía legitimación y que la ley 22.172 impide cuestionar las resoluciones del juez oficiante. El recurrente argumentó que la comunicación ordenada al juzgado oficiante no impedía la traba del embargo y que la denegatoria le dificultaba percibir su crédito. La Cámara analizó que, en virtud de la ley 22.172 y la legitimación del recurrente, la resolución de rechazo era correcta y que la queja era inadmisible, por lo que decidió desestimarla y archivar el expediente. El tribunal sostuvo: "la ley 22.172 impide cuestionar las resoluciones del Juez oficiado (Art. 4 2do párrafo)" y que "el peticionante no tiene legitimación para apelar por no ser parte". La resolución fue considerada correcta, y la queja, inadmisible.

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