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.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 94.127 Y SU ACUMULADA N° 94.137 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL SALA III, SEGUIDA A MARINO, JUAN EDUARDO.-

La Suprema Corte de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la sentencia que condenó a Marino a 16 años y absolvió a Lencina y Del Rivero. La Corte consideró que los agravios de la fiscalía eran una relectura de las pruebas y que no existía arbitrariedad en la valoración probatoria.

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La causa analiza un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la fiscalía contra una sentencia de la Sala III del Tribunal de Casación Penal, que confirmó la condena a Marino por homicidio agravado y absolvió a Lencina y Del Rivero. La sentencia de la Corte Provincial revisó los argumentos de la fiscalía, quien alegaba arbitrariedad en la valoración de la prueba y errónea interpretación del art. 79 y 80 del Código Penal. La Corte concluyó que los planteos del recurrente eran una mera disconformidad con la valoración probatoria, que fue integral y razonable, y que no se configuraba una arbitrariedad grave que justifique la intervención de revisión. La Corte destacó que no basta con la mera disconformidad del apelante, sino que deben acreditarse errores de gravedad extrema que afecten la validez del acto jurisdiccional. Por ello, rechazó el recurso y confirmó la sentencia de Casación, manteniendo la condena a Marino y las absoluciones a Lencina y Del Rivero.

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