.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA N° 91.069 DEL TRIBUNAL DE CASACION PENAL, SALA V.-
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa de Naranjo y Ramírez. La decisión se fundamenta en que los agravios no lograron demostrar la existencia de una vulneración constitucional ni de un error en la valoración de la causa, confirmando la legalidad del fallo de la instancia anterior.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Benjamín Eduardo Naranjo y Pedro Luis Ramírez interpuso recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra las decisiones de la Sala V del Tribunal de Casación Penal que, en primera instancia, modificaron la pena impuesta por el tribunal en lo criminal, eliminando una agravante y reduciendo la pena en dos meses. La Suprema Corte, en sentencia del 27 de abril de 2021, hizo lugar parcialmente a dicho recurso y revocó la reducción de la pena, ordenando el reenvío a la instancia de origen para que se resuelva conforme a derecho. Posteriormente, la Sala V del Tribunal de Casación rechazó el recurso interpuesto por la defensa contra esa decisión, decisión que fue impugnada mediante nuevo recurso extraordinario, que fue declarado admisible y, finalmente, rechazado por la Corte. La Corte consideró que los agravios en relación con la violación del principio de reformatio in pejus y la duración del proceso no estaban suficientemente fundados, y que los argumentos sobre la arbitrariedad de la sentencia carecían de sustento. La Corte concluyó que no existían violaciones constitucionales ni errores de derecho que justificaran la concesión del recurso.
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