DIAZ ALEJANDRA VERONICA C/FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES / ACCIDENTE
La Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires decide rechazar el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por el Fisco provincial contra la decisión que rechazó el planteo de caducidad en una acción por accidente de trabajo, confirmando la validez del plazo y la normativa aplicable en el proceso laboral.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción judicial fue iniciada por Alejandra Verónica Díaz contra el Fisco de la Provincia de Buenos Aires para reclamar una indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 19 de abril de 2018. El Tribunal de Trabajo N° 2 rechazó el planteo de caducidad por considerar que las disposiciones de la ley 15.057 no eran aplicables por no estar vigentes al momento del siniestro, y que la demanda fue promovida cuando esa normativa aún no entraba en vigor. La Suprema Corte, en su análisis, sostuvo que la decisión de grado fue correcta, ya que la ley 15.057 tiene carácter procesal y su aplicación depende del momento del inicio de la acción, que en este caso fue anterior a su vigencia. Además, reafirmó que los plazos de caducidad establecidos en la ley son constitucionales y razonables, y que los recursos constitucionales deben limitarse a cuestiones que impliquen violaciones a la doctrina legal y no a interpretaciones de normas procesales en el ámbito temporal. La resolución fue fundamentada en la doctrina legal consolidada sobre la interpretación de normas de orden procesal y la aplicación temporal de leyes en materia laboral, rechazando el recurso por no cumplir con los requisitos de la excepción legal.
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