MONZON DAMIAN ELIAS C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE
Rechazo del recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por el Fisco provincial contra la sentencia de primera instancia que condenó a la Provincia en una demanda de revisión de prestaciones por accidente laboral y accidente in itinere.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires analiza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley presentado por la Fiscalía de Estado contra la sentencia del Tribunal de Trabajo N° 2 de La Plata, que hizo lugar a la demanda y condenó a la Provincia. La sentencia de grado declaró que la acción era una revisión plena de la resolución de la Comisión Médica N° 11 y aplicó el decreto de necesidad y urgencia 54/17 para determinar el ingreso base mensual del trabajador, rechazando la constitucionalidad del art. 11 de dicho decreto. La Corte concluyó que la normativa aplicable y las constancias de la causa justificaron la decisión, y que el recurso del Estado no cumplía con los requisitos de fundamentación y revisión de las motivaciones esenciales. Se destacó además que la interpretación del interés moratorio y las tasas aplicadas en la sentencia fueron correctas y acordes a los precedentes de la propia Corte. Finalmente, se rechazó el recurso por infundado, confirmando la sentencia de grado.
Fundamentos principales:
- La decisión de grado aplicó correctamente el art. 2 inc. "j" de la ley 15.057, en un proceso de revisión de prestaciones laborales por accidente in itinere.
- La aplicación del DNU 54/17 fue razonable y fundamentada, en tanto la demandada no objetó la liquidación administrativa ni la constitucionalidad del artículo 11 del reglamento, sino que posteriormente lo cuestionó. La doctrina de los actos propios impide que la parte vuelva a cuestionar un comportamiento jurídicamente relevante.
- La norma cuestionada por la demandada, el art. 11 del DNU 54/17, no vulnera principios constitucionales ni derechos constitucionales, pues la actualización del ingreso base se realizó con el consentimiento del Estado y en línea con la normativa vigente.
- La interpretación del interés moratorio y la tasa aplicable (6% anual desde la toma de conocimiento de la incapacidad hasta la sentencia) se ajusta a precedentes de esta Suprema Corte, y la aplicación de intereses a la tasa activa fue correcta.
- La impugnación del cálculo del ingreso base mensual por parte del recurrente no fue atendible, dado que la valoración de las constancias y la interpretación del tribunal fueron fundadas y razonables.
- La impugnación por la supuesta contradicción en el comportamiento de la parte demandada respecto a la constitucionalidad del decreto no fue suficiente para alterar la decisión, pues el tribunal fundamentó claramente su rechazo.
- La revisión de las tasas de interés aplicadas y su compatibilidad con la normativa de infortunios laborales también fue correcta, en línea con la jurisprudencia de la Corte.
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