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CRISTECHE KARINA ALEJANDRA C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ENFERMEDAD PROFESIONAL

La Suprema Corte de Buenos Aires rechazó el recurso extraordinario presentado por la actora contra la sentencia que rechazó su demanda por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral derivada de enfermedad profesional. La decisión se fundamentó en la insuficiencia del valor en discusión y la falta de contradicción con doctrina legal.

Recurso extraordinario Incapacidad laboral Rechazo de demanda Enfermedad profesional Prestaciones dinerarias Doctrina legal Ley 24.557 Ley 26.485 Valor de prueba Supremacia judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La señora Karina Alejandra Cristeche promovió acción contra la aseguradora Asociart S.A. por prestaciones dinerarias por incapacidad laboral temporaria derivada de enfermedad profesional. El Tribunal de Trabajo n° 4 de Mar del Plata rechazó la demanda, considerando acreditado que la actora padeció una enfermedad profesional y que la aseguradora cumplió con las prestaciones en tiempo y forma, argumentando que la solicitud de cinco meses fue satisfecha y que resolver en contrario implicaría enriquecimiento sin causa. La actora interpuso recurso extraordinario, denunciando omisiones en la valoración de prueba, violación de la ley 24.557 y la ley 26.485, y cuestionando que el tribunal considerara el pago de los montos sin prueba documentada. La Suprema Corte, tras analizar la admisibilidad, concluyó que el recurso no cumple con los requisitos de excepcionalidad y que no existe contradicción con doctrina legal, por lo que fue rechazado con costas. La sentencia destaca que la impugnación se basa en cuestiones fácticas y probatorias, que no justifican un control casatorio por vía extraordinaria, y que la valoración de la prueba fue adecuada.

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