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VACCARONI GUILLERMO NARCISO C/ CONSORCIO DE GESTION DEL PUERTO QUEQUEN S/ REINSTALACION (SUMARISIMO)

La Suprema Corte de Buenos Aires rechazó los recursos extraordinarios por nulidad e inaplicabilidad de ley interpuestos por Vaccaroni contra una sentencia del Tribunal de Trabajo de Necochea, confirmando la validez del fallo que reconoció la existencia de una relación laboral y condenó al empleador a pagar indemnizaciones y entregas documentales, fundamentando su decisión en la valoración probatoria y la categoría laboral acreditada, sin incurrir en los vicios alegados.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Guillermo Narciso Vaccaroni, demandó al Consorcio de Gestión del Puerto de Quequén reclamando la nulidad del despido y diversas indemnizaciones derivadas de la relación laboral, argumentando que el despido era ilegítimo y que no existió un sumario previo ni voluntad expresa del Directorio para despedirlo. La sentencia de grado, tras analizar las pruebas, acreditó que el trabajador desempeñaba el cargo de Director General Ejecutivo, cargo ajeno a la categoría prevista en el convenio colectivo y que la extinción del vínculo fue efectuada mediante carta documento el 22 de marzo de 2021, sin que se acreditara nulidad del despido ni irregularidades en el proceso. La sentencia además condenó a la demandada a entregar certificados de servicios y documentación laboral, rechazando la reinstalación y multa del art. 80 por no haberse comprobado incumplimiento. El recurso extraordinario de nulidad fue rechazado porque el tribunal consideró que las cuestiones denunciadas como omitidas o mal interpretadas fueron expresamente tratadas y fundamentadas en la sentencia, y que las críticas del recurrente no evidencian un absurdo o error palmario en la valoración probatoria ni en la interpretación del derecho laboral. Asimismo, en el recurso de inaplicabilidad de ley, se alegó que la valoración de la prueba y la categorización laboral fueron erróneas, y que la sentencia vulneró derechos constitucionales, pero la Corte concluyó que las alegaciones eran meramente subjetivas y que el fallo se fundamentó adecuadamente en la valoración probatoria y en la normativa aplicable, rechazando así los recursos. Fundamentos principales:
- La decisión de los jueces de grado respecto a la categoría laboral del actor, basada en la prueba testimonial, documental y pericial, fue correcta y no vulneró normas sustantivas o constitucionales.
- La valoración de las constancias probatorias se realizó en forma racional y fundada, sin evidenciar absurdo o arbitrariedad.
- La existencia de un cargo distinto al previsto en el convenio colectivo y la forma en que se acreditó el despido, autorizan la condena sin que exista nulidad del proceso o ilegalidad en el despido.
- La normativa laboral y constitucional fue respetada; no se configuró vulneración de derechos constitucionales ni errores en la interpretación legal. PALABRAS CL

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