.................... S/ RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY EN CAUSA Nº 112308 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL -SALA III-
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley interpuesto por la defensa de Rojas, confirmando la condena por homicidio calificado por violencia de género y femicidio vinculado, debido a la existencia de violencia previa y la intención de causar sufrimiento a la víctima.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor (Pablo Caputa y María Soledad Ortiz) demanda la condena de Nicandro José Rojas por homicidio calificado y femicidio vinculado, en un contexto de violencia de género y amenazas previas, con la finalidad de causar sufrimiento a Ortiz. La sentencia de primera instancia lo condenó a prisión perpetua, decisión confirmada por la Cámara de Casación. La Suprema Corte, tras analizar los hechos y las pruebas, sostuvo que Rojas actuó con la intención de causar daño emocional a Ortiz, en un contexto de violencia de género y control, configurando un homicidio de tendencia interna trascendente. Argumentó que los informes periciales, testimoniales y antecedentes de violencia corroboran la existencia de una relación marcada por violencia de género, celos patológicos y obsesión, que llevaron al homicidio de Caputa con la finalidad de mortificar a Ortiz. El recurso fue rechazado por improcedente, ya que la valoración de la prueba fue coherente y razonada, y las alegaciones de la defensa se basaron en una lectura parcial y estereotipada de las constancias, además de no considerar el contexto de violencia de género. La Corte además remarcó las obligaciones del Estado en garantizar la protección a víctimas de violencia, resaltando que las denuncias previas y las medidas cautelares no fueron suficientes para evitar el hecho.
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