.................... S/RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPLICABILIDAD DE LEY, EN CAUSA N° 117.818 DEL TRIBUNAL DE CASACIÓN PENAL, SALA I.
La Suprema Corte rechaza el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley contra la condena por amenazas y homicidio agravado en contexto de violencia de género. La decisión se fundamenta en la acreditación de la ultraintención del acusado y la valoración integral de las circunstancias probadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa versa sobre la condena de Matías Ezequiel Giménez a prisión perpetua por amenazas en concurso con homicidio agravado, por hechos ocurridos en 2019 en Canning. La sentencia condenatoria se basó en la existencia de mensajes de amenazas y en el contexto de violencia de género, donde se consideró acreditada la ultraintención de causar sufrimiento a la víctima, en conformidad con el art. 80 inc. 12 del Código Penal. La defensora particular interpuso un recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, alegando que la ultraintención del dolo debía estar acreditada de forma certera y objetiva, y que el fallo recurrido había basado su decisión en pruebas no avaladas en el debate y en hechos ajenos al homicidio. El Tribunal de Casación Penal y la Suprema Corte refutaron estos argumentos, señalando que la valoración probatoria fue adecuada, que la existencia de violencia de género y la contextualización del accionar del imputado justifican la configuración de la ultraintención, y que la defensa no controvirtió de manera suficiente los fundamentos de la sentencia. La Suprema Corte concluyó que el recurso no estaba fundado, rechazándolo y confirmando la condena.
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