CRISTALUX S.A. C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ EXPROPIACION INVERSA. --RECURSO EXTRAORDINARIO DE INAPL. DE LEY-- (389)
La Suprema Corte rechazó el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley promovido por la Fiscalía de Estado en una causa de expropiación inversa. Confirmó la validez de la expropiación y la indemnización fijada, basándose en que existió turbación del derecho de propiedad y que no se configuró el abandono de la acción expropiatoria.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La causa se inició con una acción de expropiación inversa promovida por Cristalux S.A. contra la Provincia de Buenos Aires, respecto de bienes ubicados en Avellaneda, incluyendo instalaciones y maquinaria. La Cámara de Apelación confirmó la procedencia de la expropiación, considerando que existió una turbación suficiente del derecho de propiedad por parte del Estado, debido a la intervención en la explotación y la suspensión del proceso de liquidación en trámite. La Fiscalía de Estado interpuso recurso extraordinario alegando que no se configuró el abandono ni la desposesión, y que las leyes expropiatorias no implicaron turbación suficiente. La Corte, tras analizar los agravios, concluyó que la Cámara aplicó correctamente los precedentes y que no existió vulneración constitucional ni error en la valoración de la prueba. La sentencia de primera instancia y la de alzada fueron confirmadas, rechazando el recurso extraordinario, y las costas fueron impuestas a la parte recurrente.
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