MILAGROS ACUÑA, SUSANA MONICA CONTRA GCBAY OTROS SOBRE AMPARO - IMPUGNACIÓN - INCONSTITUCIONALIDAD
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó la decisión de grado que rechazó la medida cautelar y el recurso de apelación de la actora, argumentando que la vía de amparo no era adecuada y que no se acreditaba la verosimilitud del derecho.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado, en cuanto ordenó la adecuación de la demanda a fin de darle a esta acción de amparo el trámite ordinario. La actora inició la acción de amparo, a fin que se ordene a la Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires se la incluya como afiliada y aportante al Fondo Compensador de Jubilados y Pensionados de ese Órgano de Gobierno. Explicó que es agente de planta permanente y que había impugnado en sede administrativa toda la normativa que le impedía incorporarse al mencionado Fondo Compensador. A partir de la descripción efectuada respecto de la pretensión perseguida en estos actuados, dable es concluir en que la vía elegida para satisfacerla no es la adecuada. Así pues, de modo preliminar ya se advierte que la vía por la que se optó sería incompatible con la actividad procesal que debe llevarse a cabo para lograr el resultado buscado, esto es, acreditar la conducta manifiestamente ilegítima o arbitraria que se le atribuye al Gobierno demandado frente a la situación de hecho que presenta la demandante en su escrito de inicio. Es que cada uno de los aspectos que conciernen a la cuestión relacionada con la regularidad o no de la conducta desplegada por la Administración respecto de la condición frente al sistema previsional en el marco del vínculo que mantiene con la actora, incluso lo atinente a los supuestos aportes correspondientes, es materia de un análisis que excede el marco de actuación que permite este tipo de acción.
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