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Recurso directo sobre resoluciones del Ente Único Regulador de Servicios Públicos. Número: EXP5183/2019-0.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la medida cautelar solicitada por Metrovías SAC contra resoluciones del Ente Único Regulador de Servicios Públicos, considerando que la normativa vigente no admite suspender la ejecución de multas no ejecutoriadas y que la apelación no tiene efecto suspensivo.

Improcedencia Medidas cautelares Servicios publicos Acto administrativo Sanciones administrativas Ejecutoriedad del acto administrativo Suspension del acto administrativo Multa (administrativo) Ente regulador de los servicios publicos

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde rechazar la medida cautelar solicitada por la parte actora, con el fin de suspender las resoluciones cuestionadas en materia de multa por servicios públicos. Ello así, el artículo 450 del Código Contencioso Administrativo y Tributario indica que solo podrán reclamarse por vía de ejecución las multas ejecutoriadas. De acuerdo a la normativa expuesta y teniendo en cuenta que la multa aquí reclamada se encuentra apelada, no resulta procedente el otorgamiento de la tutela solicitada. Por último, cabe señalar que el presente recurso se encuentra regulado por la Ley N° 210 que no prevé que el remedio sea concedido con efecto devolutivo.

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