SECRETARIA GENERAL EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS GALEANO, HECTOR DANIEL SOBRE HABEAS CORPUS Número Causa: CAU 8034/2020-0 CUIJ: CAU J-01-00018117-6/2020-0 Actuación Nro: 14536764/2020
La Cámara de Apelaciones confirma la declaración de incompetencia de la autoridad judicial de primera instancia en la acción de hábeas corpus promovida por el Dr. Alan Leandro Castro en favor de Héctor Daniel Galeano, remitiendo la causa a la jurisdicción competente en Marcos Paz, debido a la ubicación del detenido y la naturaleza del acto reclamado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la resolución de la Jueza de grado en cuanto se declara incompetente para entender en la presente acción de "habeas corpus". En efecto, tal como como surge de la presentación en examen, los hechos denunciados como lesivos se estarían produciendo en un Complejo Penitenciario Federal de la Provincia de Buenos Aires, donde se encuentra alojado el interno. Teniendo ello en consideración, se advierte con claridad que asiste razón a los fundamentos expresados por la "a quo" en su decisorio en cuanto a que corresponde que sea la jurisdicción de esa localidad provincial la competente para resolver sobre los planteos que informan la acción incoada. Ello es así en virtud del criterio establecido por el artículo 2° de la Ley N° 23098, que toma en consideración para dirimir la cuestión de competencia la autoridad de la cual emanaría el acto denunciado como lesivo, en el caso, el Juzgado de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal con competencia en la localidad donde se asienta dicho complejo penitenciario.
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