“MAZZEI NÉLIDA NATALIA C/ GCBA S/ EMPLEO PÚBLICO (EXCEPTO CESANTÍA O EXONERACIONES)”, Expte. Nº 69212-2013/0
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció el carácter remunerativo del suplemento por conducción profesional crítica y ordenó su liquidación. La sentencia fue ratificada en apelación, rechazando los agravios del GCBA.
En el caso, corresponde confirmar la sentencia de grado que ordenó al Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires a la entrega del certificado de servicios y la regularización previsional tras reconocer el derecho de la actora a que se la atribuya carácter remunerativo del suplemento por “conducción profesional crítica”. En efecto, corresponde resaltar que la certificación de servicios debe reflejar los términos en que se desarrolla la relación laboral. Bajo tal premisa, y atento las modificaciones que se producirán en las remuneraciones percibidas por la actora de conformidad con la decisión adoptada en autos, corresponde la emisión de un nuevo certificado, comprensivo de los incrementos salariales acaecidos a partir del reconocimiento del carácter remunerativo del suplemento por “conducción profesional crítica” (v. en tal sentido esta Sala en “Scivoli María Inés c/ GCBA s/ empleo público”, Expte. Nº 36166, sentencia del 19/07/2019 y “Roca Ana María c/ GCBA s/ empleo público”, Expte. Nº 39096, sentencia del 23/04/2019, entre otros).
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