F., S. Á. M. CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - EDUCACIÓN-VACANTE Número: EXP 12874/2019-0 SALAS: Sala III
La Cámara de Apelaciones en lo CATAB - Sala III declaró la caducidad de la segunda instancia en un recurso de amparo por inactividad del GCBA, considerando las suspensiones de plazos por pandemia y la normativa aplicable, confirmando la decisión de primera instancia.
El plazo aplicable a la caducidad de la segunda instancia en la acción de amparo es de treinta (30) días conforme lo establece el artículo 24 de la Ley N° 2.145. Tal criterio ha sido reiterado por las tres Salas del fuero (cf. esta Sala, en autos “Ruiz Sergio Alejandro contra GCBA y otros sobre Amparo (art. 14 CCABA)” Exp. 44631/0, sentencia del 06/08/14 y en autos “Alarcón Ana María y otros contra GCBA y otros sobre Amparo (art. 14 CCABA), Exp. 33892/0, del 14/03/13, entre otros. En análogo sentido: Sala I, “Ibarra Mirta del Valle c/ GCBA s/ Amparo (art. 14 CCABA)” Exp. 37403/0, sentencia del 12/10/11: id.: Sala II, “Meza, Gastón Cristian c/ GCBA s/ amparo (art. 14 CCABA)”, Exp. 27919/0, sentencia del 07/09/10).
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