CONFLICTO NEGATIVO DE COMPETENCIA ENTRE JUZGADOS N° 14 Y 20 SOBRE IMPUGNACIÓN DE ACTOS ADMINISTRATIVOS EN AUTOS C. R. I. CONTRA GCBA
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Buenos Aires resolvió remitir las actuaciones por conflicto de competencia entre los Juzgados N° 14 y N° 20 al Juzgado N° 14, tras considerar que existe conexidad entre las causas y que la misma favorece la continuidad del criterio en la valoración de los hechos y la aplicación del derecho.
En el caso, corresponde declarar la conexidad entre esta causa donde se persigue la declaración de nulidad de la resolución por la que se ordenó el archivo del sumario iniciado por la actora por violencia laboral y el expediente mediante el cual tramitó la medida cautelar autónoma oportunamente concedida, disponiendo la radicación de esta causa en el Juzgado que previno. En efecto, tal como lo señalara la Sra. Fiscal ante la Cámara en su dictamen -cuyos argumentos compartimos-, existen motivos suficientes para decretar la conexidad entre ambas causas. En primer lugar existe identidad de sujetos en ambos expedientes. Por otra parte, si bien los objetos de ambas causas difieren parcialmente, lo cierto es que, en sustancia, la cuestión sometida a análisis refiere el mismo sustrato fáctico, a saber, la denuncia formulada por la agente en el marco de la Ley N° 1.225 que dio lugar a la instrucción del sumario administrativo y el control judicial de legalidad de las actuaciones cumplidas por la demandada en el marco de dicho procedimiento. Tanto en la causa sobre medida cautelar autónoma como en los presentes actuados, la actora pretende la revisión judicial del trámite llevado a cabo en el expediente administrativo, y la adopción de medidas en pos de la tutela preventiva del derecho que esgrime. Ello así, la conexidad se evidencia a poco que se considere que, en estos autos, la actora solicita expresamente que se continúe con la vigencia de la cautelar dictada por el Juez que previno.
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