Hojman, Gustavo CONTRA GCBA SOBRE INCIDENTE DE APELACION - EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en Sala IV confirmó el rechazo de la medida cautelar solicitada por Gustavo Hojman contra el GCBA, argumentando que no se acreditó la verosimilitud del derecho ni el peligro en la demora para concederla, dado el carácter de larga data y habitualidad de los haberes reclamados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde confirmar la resolución de grado, en cuanto rechazó la medida cautelar solicitada por la parte actora, con el objeto de que se declaren remunerativos el concepto “Fondo Estímulo” creado por la Ordenanza Nº 44.407, el rubro “Antigüedad” y el adicional “Asistencia” -originados por las Actas Nº 6/2012 y 40/2008 respectivamente-, como así también las sumas previstas en el Decreto Nº 331/2019 y las establecidas en las Actas Nº 39/18, N° 4/19, N° 1/20, N° 5/20, N° 7/20, N° 9/20 y N° 10/20. En efecto, en cuanto a la verosimilitud en el derecho invocado, el Sentenciante sostuvo que “no puede soslayarse que el actor pretende que se declare la inconstitucionalidad de numerosas normas que crearon los suplementos en cuestión y que habrían establecido el carácter no remunerativo respecto de todos ellos. Dicha cuestión requerirá necesariamente del análisis de la prueba producida en autos y del amplio debate de las partes en cuanto a las normas jurídicas en juego”. Contra ello, la recurrente se limitó a afirmar que, de los recibos de sueldo acompañados, surge que los suplementos reclamados fueron percibidos con habitualidad y regularidad. Tal argumentación no rebate en modo alguno lo ponderado en la resolución atacada. Ello toda vez que, dado que se persigue la declaración de inconstitucionalidad de las normas en cuestión y, siendo que, en esta etapa inicial del proceso, no se observa su ilegitimidad, tal circunstancia deberá ser objeto de un análisis más profundo que excede el acotado marco de conocimiento que caracteriza a las medidas cautelares.
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