CÁMARA DE APELACIONES EN LO CAyT - SALA I SECRETARÍA ÚNICA. DEFENSORÍA 1º INSTANCIA. CAyT N° 1 CONTRA GCB A SOBRE ACCESO A LA INFORMACIÓN (INCLUYE LEY 104 Y AMBIENTAL). Número: EXP6862/2020-0.
La Cámara de Apelaciones confirma la decisión de primera instancia que ordenó al GCBA brindar información pública respecto al inmueble en el que funciona el Centro de Vestuario del Complejo Teatral Buenos Aires, rechazando el recurso de la parte actora por considerar que la información solicitada fue adecuadamente suministrada y que las alegaciones sobre falsedad y desactualización son infundadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Ley Nº104 prevé una acción de amparo ante este fuero, frente a la negativa a brindar la información de acceso público que hubiera sido requerida. Ponderando su objeto procesal, resulta evidente que no se trata de la acción de amparo prevista por los artículos 43 de la Constuitución Nacional y 14 de la Constitución de la Ciudad de Buenos Aires, que consiste en una garantía sustancial de protección de los derechos individuales. En cambio, la naturaleza de la acción examinada resulta de índole predominantemente instrumental, en la medida en que sólo tiende a vencer la resistencia al cumplimiento de la obligación de informar y no tiene por cometido inmediato evitar o hacer cesar una lesión, restricción, alteración o amenaza de los derechos y/o garantías constitucionales o legales. Ello permite concluir que —sin perjuicio de sus peculiaridades— la naturaleza jurídica de la acción sub examine se aproxima a la del amparo por mora, ya que cabe concebir a este último como una pretensión tendiente a obtener una orden judicial de pronto despacho, cuando el órgano interviniente haya dejado vencer los plazos pertinentes sin dar cumplimiento a su obligación legal de contestar el requerimiento formulado por el interesado.
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