Metrovias Sociedad Anónima contra Ente Único Regulador de los Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires sobre recurso directo sobre resoluciones del ente único regulador de servicios públicos. Número: EXP147051/2021-0
La Cámara de Buenos Aires rechazó el recurso directo de Metrovias contra las multas impuestas por incumplimiento en estaciones de la Línea C; confirmó la improcedencia de suspender los efectos de las resoluciones y la citación de SBASE como tercero, por no acreditar la existencia de perjuicios ni controversia común.
Para que proceda la ejecución de la multa el artículo 5°, inciso 13 del Código Procesal de la justicia en las relaciones de consumo en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPJRC) exige que ella este ejecutoriada. Respecto al alcance de la expresión “multas ejecutoriadas” el Tribunal Superior de Justicia ha entendido “el alcance que debe otorgársele a la expresión “ejecutoriadas” contenida en el artículo 450 del Código Contencioso Administrativo y Tributario no puede diferir del que el propio legislador le ha otorgado en otros artículos del mismo Código (arts. 61, 93, 286, 392 y 409), relativo a aquellas decisiones que se encuentran firmes (ya sea por no haber sido cuestionadas o por haber sido confirmadas tras la pertinente impugnación). (Expte. Nº 1686/2002 “Buenos Aires Container Services S.A. s/ queja por recurso de inconstitucionalidad denegado en: Buenos Aires Container Services S.A. c/ GCBA s/ Otros Proceso Incidentales”).
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