Logo

Corresponde resolver el recurso de revocatoria interpuesto por la parte actora contra la resolución de esta Sala que hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso de reposición presentado por la parte actora contra la decisión que hizo lugar al recurso de apelación del GCBA, ordenando la notificación en cumplimiento del artículo 34 del CCAyT, por considerar que la impugnación no demostraba perjuicio irreparable que justifique su tratamiento.

Notificacion Improcedencia Admisibilidad del recurso Requisitos Procedimiento contencioso administrativo y tributario Nulidad de la notificacion Traslado de la demanda Recurso de reposicion (procesal)

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde rechazar el recurso de reposición interpuesto por la parte actora, y confirmar la resolución de este Tribunal que hizo lugar a la nulidad de notificación pedida por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (GCBA). En efecto, el recurso de reposición se dirige a cuestionar una decisión interlocutoria, esto es, el pronunciamiento de este Tribunal que hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el GCBA y, en consecuencia, revocó la resolución apelada -que rechazó el incidente de nulidad de la notificación del traslado de la demanda articulado por el GCBA
- y, en consecuencia, ordenó una nueva notificación de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del Código Contencioso Administrativo y Tributario (CCAyT). Dicho esto, aun cuando la decisión impugnada no es de las que extinguen el proceso, en su presentación la parte actora ha omitido indicar cuál es el perjuicio que la resolución le provoca que no pueda ser reparado por la sentencia definitiva, tal como lo exige el artículo 212 del CCAyT para que el recurso sea formalmente admisible. Ello, en la medida en que la resolución cuestionada se limita a ordenar que la notificación dispuesta se realice de conformidad con lo establecido en el artículo 34 del CCAyT.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar