EXP 4425/2020-0 CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE AMPARO - HABITACIONALES
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de las Relaciones de Consumo confirma la sentencia que ordenó al GCBA y al IVC garantizar el acceso a una vivienda digna a la actora, considerando la situación de vulnerabilidad social y las obligaciones constitucionales y legales en un contexto de pandemia.
La petición de que se le garantice el acceso a una vivienda digna en estos tiempos, se inscribe en esta extraordinaria y dramática circunstancia histórica que exige una relectura de los derechos humanos involucrados en la causa dentro del marco de la pandemia Covid-19. No se puede soslayar la íntima e indisoluble relación que exhibe el derecho a la vivienda reclamado en autos con el derecho a la salud, circunstancia que impone una decisión judicial que asuma las graves y complejas circunstancias actuales a fin de determinar la solución del litigio. Dicho temperamento se circunscribe en la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que ha afirmado, reiteradamente, que las sentencias de los/as Jueces/as deben ajustarse a las circunstancias existentes en el momento en que se dictan (doctrina de Fallos: 311:787; 322:678 y 324:3948).
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