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BERTINO, JOSE FRANCISCO CONTRA GCBASOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DE DEFENSA AL CONSUMIDOR

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad de Buenos Aires rechazó el recurso directo interpuesto por José Francisco Bertino contra una resolución administrativa que sancionó al Sr. Miguel Ángel Lamuedra por infracción a la Ley 941, confirmando la competencia de la sala para tratar el reclamo de daño directo y la habilitación de la instancia judicial.

Defensa del consumidor Legitimacion activa Improcedencia Excepciones procesales Excepcion de incompetencia Dano directo Denunciante Impugnacion del acto administrativo Partes del proceso Procedimiento contencioso administrativo y tributario

En el caso, corresponde rechazar la excepción de incompetencia opuesta en el presente recurso directo por el codemandado, quien fuere el denunciado en el marco de las actuaciones administrativas tramitadas por ante la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor –DGDyPC-. La parte actora, en su calidad de denunciante en el procedimiento administrativo que tramitó ante la DGDyPC, interpuso el presente recurso directo a fin de impugnar la Resolución Administrativa que al sancionar al denunciado omitió hacer lugar a lo peticionado en concepto de daño directo y daño punitivo. Corrido el traslado del recurso judicial al denunciado, se presentó y opuso excepción de incompetencia. Para ello, sostuvo que: “…si el actor considera que le asiste derecho a iniciar una acción por supuestos daños y perjuicios, esta no es la vía idónea para hacerlo”. Ahora bien, cabe señalar que si bien es cierto que el denunciante no es considerado parte en el procedimiento sumarial, agotándose su intervención en la instancia conciliatoria (conf. Anexo I, art. 6°, del Decreto N° 714/2010), esta Sala recientemente ha entendido, al compartir en lo sustancial los fundamentos brindados por el Sr. Fiscal ante la Cámara, que el denunciante en el procedimiento administrativo se encuentra legitimado para requerir el daño directo siempre que tal pretensión haya sido deducida oportunamente en sede administrativa (“Morone, Domingo Arturo y otros c/ GCBA s/ recurso directo sobre resoluciones de Defensa al Consumidor”, Expte. N°11607/2019-0, del 14/05/20). De modo tal que, en el caso, dado que el denunciante expresamente peticionó la fijación del daño directo en sede administrativa, es dable concluir en que esta Sala se encuentra habilitada para dar tratamiento al reclamo incorporado en el recurso en relación con el daño directo.

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