JurisprudenciaARG
Ley nacionalCapital nacional de las orquestas infantiles y juveniles

Ley 27.422

Declaraciones oficiales

DECLARESE CAPITAL NACIONAL DE LAS ORQUESTAS INFANTILES Y JUVENILES A LA CIUDAD DE CHASCOMUS, PROVINCIA DE BUENOS AIRES.

Fecha
21/12/2017

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DECLARACIONES OFICIALES

Ley 27422

Capital Nacional de las Orquestas Infantiles y Juveniles.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1°.- Declárese Capital Nacional de las Orquestas Infantiles y Juveniles a la ciudad de Chascomús, provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS TREINTA DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIECISIETE.

— REGISTRADA BAJO EL N° 27422 —

MARTA G. MICHETTI. — EMILIO MONZO. — Eugenio Inchausti. — Juan P. Tunessi.

e. 21/12/2017 N° 99653/17 v. 21/12/2017

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