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Ley 27112 - LUGARES HISTORICOS NACIONALES

DECLARASE LUGAR HISTORICO NACIONAL, AL PASO DE LOS PATOS, EN LA PROVINCIA DE SAN JUAN.

Paso de los patos - provincia de san juanLey
LUGARES HISTÓRICOS NACIONALES

Ley 27.112

Declárase lugar histórico nacional, al Paso de Los Patos, en la provincia de San Juan.

Sancionada: Diciembre 17 de 2014

Promulgada de Hecho: Enero 20 de 2015

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de

Ley:

ARTÍCULO 1° — Declárase lugar histórico nacional, en los términos de la ley 12.665, al espacio delimitado por las coordenadas geográficas 32° 09’ 70° 19’, ubicado dentro del llamado Paso de Los Patos, jurisdicción del departamento de Calingasta, en la provincia de San Juan, por haber sido el paso por el que la columna principal del Ejército de los Andes entró a Chile, al mando del general don José de San Martín.

ARTÍCULO 2° — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos y Lugares Históricos, dependiente del Ministerio de Cultura de la Nación, instrumentará todo lo atinente para el cumplimiento de la presente ley.

ARTÍCULO 3° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECISIETE DIAS DEL MES DE DICIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADA BAJO EL Nº 27.112 —

JULIAN A. DOMINGUEZ. — GERARDO ZAMORA. — Juan H. Estrada. — Lucas Chedrese.

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