Ley nacionalCiudad de pico truncado · capital nacional del hidrogeno2025
Ley 27.038
Declaraciones
DECLARASE A LA CIUDAD DE PICO TRUNCADO, PROVINCIA DE SANTA CRUZ, CAPITAL NACIONAL DEL HIDROGENO.
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DECLARACIONES
Ley 27.038
Capital Nacional del Hidrógeno.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 10 de 2014
ARTÍCULO 1° — Declárase a la ciudad de Pico Truncado, provincia de Santa Cruz, Capital Nacional del Hidrógeno.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
Ley 27.038
Capital Nacional del Hidrógeno.
Sancionada: Noviembre 19 de 2014
Promulgada: Diciembre 10 de 2014
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de
Ley:
Ley:
ARTÍCULO 1° — Declárase a la ciudad de Pico Truncado, provincia de Santa Cruz, Capital Nacional del Hidrógeno.
ARTÍCULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS DIECINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL CATORCE.
— REGISTRADO BAJO EL N° 27.038 —
AMADO BOUDOU. — JULIAN A. DOMINGUEZ. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.
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