Ley 26.170
Aduanas
CREASE UNA ADUANA CON ASIENTO EN LA CIUDAD DE CALETA OLIVIA PROVINCIA DE SANTA CRUZ.
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ADUANAS
Ley 26.170
Créase una Aduana con asiento en la ciudad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz.
Sancionada: Noviembre 15 de 2006
Promulgada: Noviembre 17 de 2006
El Senado y Cámara de Diputados
de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc.
sancionan con fuerza de
Ley:
ARTICULO 1º — Créase una Aduana con asiento en la ciudad de Caleta Olivia provincia de Santa Cruz.
ARTICULO 2º — Facúltase a la AFIP para fijar o modificar la competencia territorial de las aduanas, teniendo en consideración entre otras razones, la racionalización o eficiencia del servicio o de tráfico internacional.
ARTICULO 3º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS QUINCE DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SEIS.
— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.170 —
ALBERTO E. BALESTRINI. — DANIEL O. SCIOLI. — Enrique Hidalgo. — Juan H. Estrada.
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