JurisprudenciaARG
Ley nacionalDias no laborables · religion islamica

Ley 24.757

Culto

DECLARASE DIA NO LABORABLE PARA TODOS LOS HABITANTES DE LA NACION ARGENTINA QUE PROFESEN LA RELIGION ISLAMICA, EL DIA DEL AÑO NUEVO MUSULMAN, EL DIA POSTERIOR A LA CULMINACION DEL AYUNO Y EL DIA DE LA FIESTA DEL SACRIFICIO.-

Fecha
02/01/1997

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CULTO

Ley 24.757

Sancionada: Noviembre 28 de 1996.

Promulgada: Diciembre 20 de 1996.

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso. etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1º-Declarase día no laborable para todos los habitantes de la Nación Argentina que profesen la religión islámica, el día del "Año Nuevo Musulmán" (Hégira), el día posterior a la culminación del ayuno (Id Ai-Fitr); y el día de la Fiesta del Sacrificio (Id Al-Adha).

ARTICULO 2°-Deróganse todas las medidas que se opongan a esta ley.

ARTICULO 3°-Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTIOCHO DIAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS.

-REGISTRADA BAJO EL N° 24.757-

ALBERTO R. PIERRI -CARLOS F. RUCKAUF.-Esther H. Pereyra Arandia de Pérez Pardo.-Edgardo Piuzzi.

Decreto 1600/96

Bs. As., 20/12/96

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación N° 24.757, cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.-MENEM.-Jorge A Rodríguez.-Carlos V, Corach.

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