JurisprudenciaARG
Ley nacionalCapital nacional de las sembradoras

Ley 26.027

Adhesiones oficiales

DECLARASE CAPITAL NACIONAL DE LAS SEMBRADORAS A LA LOCALIDAD DE MONTE MAIZ, PROVINCIA DE CORDOBA.

Fecha
04/05/2005

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ADHESIONES OFICIALES

Ley 26.027

Declárase Capital Nacional de las sembradoras a la localidad de Monte Maíz, provincia de Córdoba.

Sancionada: Abril 6 de 2005

Promulgada: Mayo 2 de 2005

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

ARTICULO 1° — Declarar a la localidad de Monte Maíz, en la provincia de Córdoba, Capital Nacional de las sembradoras.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS SEIS DIAS DEL MES DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL CINCO.

—REGISTRADO BAJO N° 26.027—

EDUARDO O. CAMAÑO. — MARCELO A. GUINLE. — Eduardo D. Rollano. — Juan J. Canals.

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