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Ley nacionalLey n° 22.063 · modificacion2025

Ley 22.133

Salarios

SUSTITUCION A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 1980 LOS ANEXOS I, II Y III DE LA LEY N° 22.063, POR LOS ADJUNTOS A LA PRESENTE LEY QUE FORMA PARTE INTEGRANTE DE LA MISMA.

Fecha
14/01/1980

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SALARIOS

LEY N° 22.133

Sustitúyense, a partir del 1° de enero de 1980, anexos de la Ley N° 22.063 por otros.

Buenos Aires, 9 de enero de 1980.

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5° del Estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE

LEY:

Artículo1° — Sustitúyanse, a partir del 1° de enero de 1980 los Anexos I, II y III de la Ley N° 22.063, por los adjuntos a la presente ley que forman parte integrante de la misma.

Art. 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

Alberto Rodríguez Varela.

José A. Martínez de Hoz.

PODER JUDICIAL DE LA NACION

ANEXO I





ANEXO II



ANEXO III


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