JurisprudenciaARG
Ley nacionalLey nº 19.987 · modificacion2025

Ley 21.624

Municipalidad de la ciudad de buenos aires

SUPRIMESE EL SEGUNDO PARRAFO DEL ARTICULO 37 DE LA LEY Nº 19.987.

Fecha
25/08/1977

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MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES

Suprímese el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley Nº 19.987.

LEY Nº 21.624

Buenos Aires, 19 de agosto de 1977

En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del estatuto para el Proceso de Reorganización Nacional,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTIN SANCIONA Y PROMULGA CON FUERZA DE LEY:

ARTICULO 1º — Suprímese el segundo párrafo del artículo 37 de la Ley 19.987.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

VIDELA.

Albano E. Harguindeguy.

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