Ley 18268 - DERECHO CONSTITUCIONAL
OBJETO CUMPLIDO-CESE DE LA INTERVENCION FEDERAL A LA PROVINCIA,DE CORDOBA-
PROVINCIAS
CORDOBA. - Dase por terminada la Intervención Federal y se designa Gobernador.
Buenos Aires, 4 de julio de 1969.
Excelentísimo señor Presidente de la Nación:
Tengo el honor de dirigirme a V. E. con el objeto de someter a su consideración un proyecto de ley por el cual se da por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, dispuesta por la Ley 18.258.
Dios guarde a V. E.
Francisco A. Imaz
LEY Nº 18.268.
Buenos Aires, 4 de julio de 1969.
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 5º del Estatuto de la Revolución Argentina,
El Presidente de la Nación Argentina,
Sanciona y Promulga con fuerza de Ley:
Artículo 1º - Dáse por terminada la Intervención Federal al Poder Ejecutivo de la Provincia de Córdoba, dispuesta por la Ley 18.258.
Artículo 2º - Dánse las gracias al señor Interventor General de Brigada D. Jorge Raúl Carcagno, por los importantes y patrióticos servicios prestados en el desempeño de su misión.
Artículo 3º - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
ONGANIA.
Francisco A. Imaz.
DECRETO N° 3.665.
Buenos Aires, 4 de julio de 1969.
En uso de las facultades que le acuerda el Artículo 9° del Estatuto de la Revolución Argentina y conforme a las previsiones establecidas en el mismo,
El Presidente de la Nación Argentina, Decreta:
Artículo 1°.- Desígnase Gobernador de la Provincia de Córdoba al Comodoro (R.E.) D. Roberto Huerta.
Art. 2°.- El presente decreto será refrendado por el señor Ministro del Interior.
Art. 3°.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.