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EXP31255/2018-0; CUIJ: EXPJ-01-00050430-7/2018-0; José Luis Granel c/ Empleo Público (excluyendo cesantía y exoneraciones) - Diferencias salariales

La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo suspende provisionalmente la sentencia de la sala III ante contradicciones en la interpretación de la normativa de prescripción en casos de diferencias salariales en empleo público, y ordena seguir el procedimiento para determinar la doctrina legal aplicable.

Prescripcion Plazo Codigo civil Admisibilidad del recurso Diferencias salariales Sentencias contradictorias Procedencia Empleo publico Recurso de inaplicabilidad de ley Procedimiento contencioso administrativo y tributario

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde conceder -con efecto suspensivo
- el recurso de inaplicabilidad de ley planteado por la parte actora contra la sentencia dictada por la Sala III del fuero Contencioso Administrativo y Tributario y de Relaciones de Consumo. En los presentes actuados, la Sala III confirmó la decisión de grado que había hecho lugar a la excepción de prescripción opuesta por la demandada con relación a las diferencias salariales devengadas con anterioridad al 17/08/16, en tanto consideró que correspondía aplicar al caso de autos el plazo de prescripción previsto en el artículo 2562, inciso c) del Código Civil y Comercial de la Nación –CCCN-, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 2537 del mismo cuerpo legal. Por su parte, en la causa “Caputo, Nestor Alfredo y otros c/ GCBA y otros s/ empleo público” (Expte. N°106690/2017-0), se advirtió que cuando comenzó a correr el plazo de prescripción de la acción, regía el Código Civil. Sin embargo, la demanda fue iniciada luego de la entrada en vigencia del CCCN. La Sala I confirmó la sentencia de grado que hizo lugar parcialmente a la excepción de prescripción, sosteniendo que correspondía aplicar las normas del Código Civil a las diferencias salariales que se hubieren devengado con anterioridad a la fecha de entrada en vigencia del CCCN – 1º de agosto de 2015
- y las de este último a las devengadas con posterioridad. A su vez, en la causa “Aisen, Gabriela Verónica y otros c/ GCBA s/ empleo público” (Expte. N°9574/2017-0), esta Sala confirmó la sentencia de grado que rechazó la excepción de prescripción y, por aplicación del artículo 4027, inciso 3º del Código Civil, declaró la prescripción de todas aquellas diferencias salariales devengadas con anterioridad a los cinco años previos a la interposición de los respectivos reclamos administrativos. Así planteada la cuestión, cabe señalar que en el caso se configura el supuesto de decisiones contradictorias sobre una misma cuestión entre distintas salas de esta Cámara.

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