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INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS M, G I SOBRE 92 - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91)

La Cámara de Casación confirmó la revocación de la suspensión del juicio a prueba por incumplimientos, considerando que la duración del instituto fue excesiva y que no se garantizó el derecho a ser oído del imputado, manteniendo el trámite del proceso.

Audiencia Domicilio constituido Procedencia Derecho penal Derecho a ser oido Revocacion de la suspension del juicio a prueba Notificacion en el domicilio

¿Qué se resolvió en el fallo?

En el caso, corresponde confirmar la resolución de grado que revocó la suspensión del juicio a prueba. En su apelación, la Defensa alegó la afectación al derecho a ser oído de su ahijado procesal, dado que la notificación a la audiencia había sido recibida por su hermano. Ahora bien, debe tenerse presente que el Juzgado no sólo libró correctamente el télex de citación al domicilio fijado por el imputado sino que la Magistrada, previo a resolver, le concedió a la Defensa un plazo de tres días para que expusiera los motivos de la incomparecencia de encausado. Con ello, el agravio frente a este punto no puede prosperar.

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