INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS B , H G SOBRE 2 BIS - INCUMPLIMIENTO DE LOSDEBERES DE ASISTENCIA FAMILIAR (DESTRUCCION DE BIENES O DISMINUCION DE VALOR PARA ELUDIR CUMPLIMIENTO)
La Cámara de Casación y Apelaciones en lo Penal, Penal Juvenil, Contravencional y de Faltas, Sala IV, rechaza el recurso de apelación de la defensa del imputado contra la resolución que rechazó la incorporación de prueba y la autorización de pericia, justificando que no constituye decisión apelable ni genera gravamen irreparable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
En el caso, corresponde rechazar "in limine" el recurso de apelación interpuesto por la Defensa contra la resolución que resolvió no admitir la incorporación durante el debate oral y público del audio, y la consecuente declaración de la escribana, y no autorizar la realización de una pericia psicológica. En efecto, el recurso intentado debe ser rechazado "in limine" (cfr. arts. 223, párr. 2°, 288 in fine y 292 CPP) puesto que no se dirige contra una decisión expresamente apelable, ni tampoco surge de la impugnación cuál es el gravamen irreparable que la medida dispuesta generaría al recurrente (cfr. arts. 280 y 292 CPP). En este sentido, las decisiones adoptadas en materia de prueba con antelación a la audiencia de juicio, por regla general, no son hábiles para generar un gravamen de magnitud tal que no pueda ser reparado en otra instancia del proceso y el recurrente no ha podido demostrar lo contrario, como para que esta Sala se aparte de esa regla.
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