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TIERNO, GRISEL MARA BEATRIZ Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TIERNO, GRISEL MARA BEATRIZ Y OTROS CONTRA GCBA Y OTROS SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Cámara delibera sobre la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad y la admisibilidad del recurso extraordinario federal por parte de las demandantes en un caso de empleo público sin cesantía ni exoneração

Recurso extraordinario federal Remuneracion Diferencias salariales Cuestiones procesales Empleo publico Fondo nacional de incentivo docente Caracter no remunerativo Cuestion no federal Adicionales de remuneracion


- Actoras: Grisel Mara Beatriz Tierno y otras (demandantes)

¿A quién se demanda?

GCBA y otros

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso de queja contra la sentencia que rechazó su recurso de inconstitucionalidad, en relación a la naturaleza remunerativa y bonificable del suplemento FO.NA.IN.DO y la constitucionalidad del planteo

¿Qué se resolvió?

El tribunal deniega el recurso extraordinario federal, considerando que la resolución atacada no plantea una cuestión federal, y que los agravios no relacionan directamente la norma invocada con lo decidido. La mayoría de los jueces sostiene que la decisión de la Cámara, que confirmó la carácter remunerativo, pero no bonificable, del suplemento, no presenta una cuestión constitucional o federal suficiente para habilitar la vía federal. La jueza Otamendi, en cambio, concede parcialmente el recurso en relación a la interpretación del carácter bonificable del suplemento conforme a la ley 25.053, pero rechaza los demás planteos por falta de relación directa con la decisión.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El juez Lozano sostiene que la sentencia recurrida se limitó a rechazar la queja por no existir una cuestión constitucional o federal, y que el recurso federal no plantea una cuestión que involucre la competencia de la Corte Suprema, en línea con la doctrina de Fallos: 305:112 y otros. Añade que la parte recurrente no demuestra una relación directa e inmediata entre las garantías constitucionales invocadas y lo resuelto, y que la alusión a normas nacionales o principios constitucionales sin vinculación concreta no satisface el requisito del art. 15 de la ley 48. Además, señala que la decisión de la Cámara, que confirmó que el suplemento tiene carácter remunerativo sin ser bonificable, no es susceptible de revisión por vía federal por no configurarse una cuestión federal. La jueza Weinberg, De Langhe y Ruiz coinciden en que el recurso debe ser denegado por no cumplir con los requisitos de la ley 48, destacando que la resolución no pone en crisis la decisión interlocutoria ni plantea una cuestión constitucional o federal. Resaltan que la doctrina de la arbitrariedad no se aplica en la especie y que la resolución fue fundada en principios y fundamentos autónomos y suficientes, ajenos a la vía federal. La jueza Otamendi, en cambio, argumenta que procede parcialmente la concesión del recurso, dado que la ley 25.053 y su interpretación en el ámbito federal sustenta que el suplemento FO.NA.IN.DO es bonificable, y que la decisión impugnada contradice ese derecho federal invocado, por lo que la relación con la norma federal es suficiente para habil

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