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GERLERO, ANA CLAUDIA Y OTROS s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en GERLERO ANA CLAUDIA Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (NO CESANTIA NI EXONERACION)

La Cámara denegó el recurso extraordinario federal contra la decisión que rechazó la queja por inexistencia de cuestión federal, confirmando la validez del rechazo y la falta de relación directa con normas federales, en línea con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Diferencias salariales Relacion directa Empleo publico Fondo nacional de incentivo docente Caracter no remunerativo Cuestion no federal Adicionales de remuneracion


- Quién demanda: Ana Claudia Gerlero y otros (actores)

¿A quién se demanda?

GCBA (Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la decisión que rechazó su recurso de queja y pretensión de que se reconozca la bonificabilidad del suplemento FO.NA.IN.DO. como derecho federal

¿Qué se resolvió?

Se denegó el recurso extraordinario federal por no plantear una cuestión federal relevante ni demostrar relación directa e inmediata con normas federales, confirmando la decisión de la Cámara que rechazó la queja por improcedente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El recurso extraordinario federal debe ser rechazado porque no plantea una cuestión que suscite la competencia de la Corte Suprema en virtud del art. 14 de la ley n° 48. La resolución recurrida, que rechazó la queja por no evidenciar una cuestión constitucional o de competencia federal, resulta ajena a la instancia federal según la doctrina de la CSJN (Fallos: 305:112; 330:1491). La mención genérica a normas federales y principios constitucionales no es suficiente para configurar una cuestión federal, tal como exige el art. 15 de la ley n° 48, que requiere una relación fundada y directa entre esas normas y lo resuelto en autos. Además, los planteos de arbitrariedad de sentencia no corresponden al tribunal emisor del fallo y carecen de relación con el caso concreto, en línea con la doctrina de Fallos: 312:246 y otros. Por último, la parte recurrente no cumplió con los requisitos de la Acordada n° 4/2007 de la CSJN, pues no refutó todos los fundamentos de la decisión apelada ni demostró la relación directa e inmediata con normas federales invocadas."

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