MINISTERIO PÚBLICO - DEFENSORÍA GENERAL DE LA CABA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en INCIDENTE DE APELACION EN AUTOS SANCHEZ AQUINO , LIDIO SEBASTIAN SOBRE 5 C - COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES O CUALQUIER MATERIA PRIMA PARA SU PRODUCCIÓN /TENENCIA CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN
La Cámara del fuero penal de la Ciudad de Buenos Aires rechazó la queja por denegatoria del recurso de inconstitucionalidad contra la resolución que negó la prisión domiciliaria a Lidio Sánchez Aquino. El tribunal consideró que no se acreditaron violaciones constitucionales ni arbitrariedad en la decisión judicial.
¿Quién es el actor?
Defensoría General de la Ciudad de Buenos Aires en representación de Lidio Sánchez Aquino.
¿A quién se demanda?
Cámara del fuero penal de la Ciudad de Buenos Aires.
- Objeto de la demanda: Impugnar la denegatoria de la prisión domiciliaria solicitada por Sánchez Aquino tras la condena por delitos relacionados con estupefacientes.
- Decisión del tribunal: Rechazo de la queja por falta de acreditación de un caso constitucional o arbitrariedad en la resolución que confirmó el rechazo de la prisión domiciliaria.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La defensa argumentó que la resolución afectaba principios constitucionales como la legalidad, humanidad de la pena, favor libertatis, derecho de defensa y el interés superior del niño, por lo que solicitaba una interpretación diferente de las normas y una revisión de la decisión. La Sala III de la Cámara, sin embargo, sostuvo que la resolución fue razonada y fundada en las circunstancias concretas del caso, particularmente en que la hija del condenado se encontraba bajo el cuidado de su madre, con vivienda que satisface las necesidades básicas y sin elementos que evidencien riesgo o vulnerabilidad. La Cámara consideró que la decisión no resulta arbitraria ni vulnera derechos constitucionales, y que la interpretación de las normas por parte de los jueces de grado fue razonable y fundada en las constancias de la causa. La queja no presentó argumentos concretos ni fundamentos suficientes para demostrar la afectación de derechos constitucionales o arbitrariedad de la resolución, por lo que fue rechazada.
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