Logo

INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS CDÁS SOBRE 92 - AGRAVANTES (CONDUCTAS DESCRIPTAS EN LOS ARTÍCULOS 89 / 90 Y 91) S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 41 en incidente de competencia por conflicto entre juzgados en causa por violencia de género y lesiones leves.

Violencia de genero Conflicto negativo de competencia Lesiones leves Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Eficiente administracion de justicia Competencia criminal y correccional Delito transferido Principio de no revictimizacion Lesiones agravadas por el vinculo


- Quién demanda: No aplica (conflicto de competencia)

¿A quién se demanda?

No aplica (conflicto de competencia)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Decisión sobre la competencia en causa por hechos de violencia de género, lesiones leves y otros hechos relacionados ocurridos entre julio de 2021 y enero de 2022.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 41, remitiendo el incidente a dicho órgano.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Los jueces Luis Francisco Lozano, Santiago Otamendi, Inés M. Weinberg y Marcela De Langhe dijeron: Por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto que se mencionan en el punto 6 del título 'Resulta', a los que remitimos por razones de brevedad, corresponde declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 41." "La jueza Alicia E. C. Ruiz sostuvo que en virtud del criterio de la Corte Suprema en 'Bazán' (Fallos: 342:509), dado que la contienda se produce entre magistrados con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde que sea el Tribunal Superior de Justicia el órgano competente, y que, además, la continuidad del proceso bajo la órbita nacional justifica la declinatoria." "Asimismo, se destaca que la investigación extendió su curso por más de dos años, con diversas medidas probatorias, y que el cambio de fuero en este momento comprometería principios de celeridad y protección de la víctima, además de que la víctima ya había brindado testimonio en la jurisdicción declinante."
- Fundamentos adicionales: La jurisprudencia citada y la doctrina de la Corte Suprema, en especial el precedente "Bazán", que establece que en conflictos entre juzgados de competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el Tribunal Superior de Justicia es el órgano competente para dirimir.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar