GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en SARMIENTO, FERNANDO DANIEL Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - GENERICO s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES
La Sala regula los honorarios profesionales de la abogada María Silvina Marengo en un monto de $652.087,50 por contestar recurso extraordinario federal en un expediente de empleo público, considerando pautas arancelarias y precedentes del tribunal.
¿Quién es el actor?
la parte actora representada por María Silvina Marengo
¿A quién se demanda?
el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios por la labor en la contestación del recurso extraordinario federal, en el marco de un incidente sobre empleo público (excepto cesantía o exoneraciones)
¿Qué se resolvió?
se fija un monto de honorarios de $652.087,50, equivalente a 5 UMA más el 50% por labor de apoderada, ajustado conforme a la normativa arancelaria y precedentes del tribunal, con inclusión de IVA si correspondiere. Los jueces coinciden en que no procede la regulación en UMA exclusivamente, y que la tarea realizada es de naturaleza estándar, ajustándose a parámetros de mínima complejidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La regulación de honorarios solicitada debe efectuarse conforme los parámetros que tuve oportunidad de exponer en mi voto in re: “Zapata”, ya que el recurso que los origina no se dirigió contra la sentencia de fondo." "El trabajo profesional desplegado en la contestación del recurso extraordinario federal del GCBA en autos no puede entenderse con la novedad y complejidad que pudo representar en casos análogos, sino como uno más simplificado y estandarizado. Por eso, consideramos que la aplicación automática del mínimo arancelario en el caso llevaría a fijar una suma de evidente e injustificada desproporción con las tareas efectivamente desarrolladas." "En consecuencia, corresponde hacer uso de la facultad establecida en el art. 1255 del Código Civil y Comercial de la Nación y regular los honorarios de la abogada María Silvina Marengo por su tarea de patrocinio en la suma de $434.725 (equivalente a 5 UMA), más $217.362,50 por su labor como apoderada, totalizando $652.087,50." Fundamentos adicionales de los jueces Otamendi, Weinberg, Lozano y Ruiz confirman el criterio de ajuste proporcional y la negativa a aceptar la regulación en UMA, reiterando que la tarea no presenta complejidad significativa y que la suma final respeta los parámetros legales y precedentes del tribunal.
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