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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS URQUIZA, ADRIAN s/ ABUSO SEXUAL ART. 119 3° PARRAFO, PRIVACION ILEGAL LIBERTAD AGRAVADA (ART. 142 INC.1), COACCION (ART. 149 BIS) E INFRACCION LEY 23.737 s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires concluye la inexistencia de conflicto de competencia y cierra el incidente, remitiendo las actuaciones al Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 24 tras sobreseimiento firme del imputado.

Sobreseimiento Cuestion abstracta Conflicto negativo de competencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr.


¿Quién es el actor?

Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

¿A quién se demanda?

No corresponde, es la resolución del incidente de competencia
- Objeto de la demanda: Resolución del conflicto de competencia entre los juzgados n° 24 y n° 27 en un caso de presunto abuso sexual, privación ilegal de la libertad y coacción.
- Decisión del tribunal: Se concluye que el conflicto de competencia devino abstracto tras el sobreseimiento del imputado en la causa principal y se da por finalizado el trámite del incidente, remitiendo las actuaciones al juzgado de origen.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal consideró que, según lo informado, no subsiste conflicto de competencia, ya que la causa fue sobreseída en virtud del art. 336, inc. 2 del CPPN, y que las decisiones anteriores del juzgado nacional en lo criminal y correccional n° 24, que declararon su incompetencia, hicieron que la cuestión deviniera abstracta. Además, se remarcó que la resolución del incidente debe cerrarse y remitir las actuaciones al órgano de origen, en línea con el precedente "Bazán" (Fallos: 342:509).

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