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INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS BSR SOBRE 239 - RESISTENCIA O DESOBEDIENCIA A LA AUTORIDAD

La sentencia declara la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 25 en un incidente de competencia en autos por hechos vinculados a violencia de género y desobediencia en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Violencia de genero Abuso sexual Victima menor de edad Conflicto negativo de competencia Conexidad subjetiva Prohibicion de contacto Delito de desobediencia Juez que previno Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Competencia criminal y correccional Delito transferido Juzgamiento conjunto


- Quién demanda: No hay una parte demandante en el incidente, se trata de un conflicto de competencia entre órganos judiciales.

¿A quién se demanda?

La disputa es entre el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 28 y el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 25.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Se reclama la declaración de competencia del Tribunal Oral nº 25 para entender en los hechos relacionados con desobediencia y violencia de género, y la remisión del expediente.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires declaró la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 25, fundamentando que los hechos están relacionados en un mismo contexto de violencia de género y que la conexidad de los casos requiere un tratamiento unificado. La jueza Alicia E. C. Ruiz, si bien inicialmente discrepó, se sumó a la decisión mayoritaria fundamentando en las constancias del caso y en la jurisprudencia de la Corte Suprema.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte Suprema en "Bazán" estableció que en conflictos entre órganos judiciales que ejercen competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, corresponde al Tribunal Superior resolver. La conexidad de los hechos y la misma problemática de violencia de género y/o intrafamiliar justifican la unificación de la investigación y el juzgamiento, para evitar contradicciones y facilitar una solución integral. La fiscalía advirtió que, aunque el delito de desobediencia es de competencia local, el contexto de violencia familiar y de género requiere un tratamiento conjunto, por lo que el interés público y la protección de las víctimas justifican la competencia del tribunal federal. La decisión se fundamenta en que los hechos involucran distintas mujeres del mismo núcleo familiar, en un contexto de violencia estructural, y que la separación de jurisdicciones podría obstaculizar la adecuada tutela judicial. La resolución final declara la competencia del Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional nº 25, remitiendo las actuaciones y notificando a las partes.

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