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INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS LDR S/ LESIONES LEVES AGRAVADAS S/ CONFLICTO DE COMPETENCIA

El Tribunal Superior de Justicia confirma la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 44 en un incidente de competencia en causa por lesiones leves agravadas y violencia de género. La decisión se fundamenta en la conexidad de los hechos y en la necesidad de evitar la revictimización.

Violencia de genero Lesiones Abuso sexual Victima menor de edad Violencia domestica Elevacion a juicio Conflicto negativo de competencia Penal cont. y faltas / nac. crim. y corr. Eficiente administracion de justicia Competencia criminal y correccional Principio de no revictimizacion Existencia de otro proceso en tramite


- Quién demanda: No procede, se trata de un incidente de competencia.

¿A quién se demanda?

Se discute la competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 44 y el Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 5.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La declinación de competencia por parte del juzgado nacional y la remisión del caso a la justicia local, o viceversa, en razón de la conexión de hechos relacionados con violencia de género y lesiones.

¿Qué se resolvió?

El Tribunal declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional nº 44 y ordenó su remisión del incidente, confirmando así la decisión del juez Lozano. La fundamentación principal radica en que los hechos conexos y la continuidad procesal justifican mantener la intervención del juzgado declinante, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Superior y la Corte Suprema, y en que la decisión favorece la celeridad y protección de la víctima. Además, se consideró que la víctima manifestó incomodidad y angustia ante la proceso, por lo que la continuidad en la jurisdicción federal resulta adecuada para evitar la revictimización.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La sentencia cita que "los hechos son, por venir atribuidos a un mismo presunto autor (cf. el art. 20 del CPP), conexos a los que habrían dado lugar al invocado abuso sexual", y que "la declinación va en contra de un servicio de justicia eficiente, que tienda a disminuir los niveles de revictimización a los que está expuesta la damnificada". Se remite al precedente "Bazán" y a la jurisprudencia del Tribunal y Corte Suprema sobre la conexidad y prioridad de la justicia federal en casos de violencia de género y delitos conexos. La decisión se fundamenta también en la necesidad de evitar la doble tramitación y en la importancia de la protección integral de la víctima, que expresó su incomodidad en el proceso ante la justicia local.

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