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METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS

La Cámara deniega el recurso extraordinario federal interpuesto por Metrovías contra la sentencia que rechazó su queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, considerando que no se acreditó la existencia de una cuestión federal y que la causa se centró en interpretación de normas locales y de derecho común.

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- Quién demanda: Metrovías SA

¿A quién se demanda?

Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Recurso extraordinario federal contra la sentencia que rechazó su queja por inconstitucionalidad denegada, en el marco de una sanción impuesta por el EURSPCABA.

¿Qué se resolvió?

Se denegó el recurso extraordinario federal por no demostrarse que la cuestión esté prevista en el art. 14 de la ley 48, ni que exista una cuestión federal con relación directa a las normas constitucionales invocadas. Se señaló que la causa trató interpretaciones jurídicas ajenas a la competencia del recurso extraordinario y que la invocación de cláusulas constitucionales fue genérica sin relación suficiente. Las costas se imponen a la parte vencida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Corresponde denegar el recurso extraordinario federal interpuesto por Metrovías pues no logra demostrar que la cuestión cuyo conocimiento pretende someter a la instancia extraordinaria sea una de las previstas en el art. 14 de la ley 48. El pleito fue promovido para obtener la nulidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA, basada en interpretaciones de leyes locales y de derecho común (leyes 210 y 24.240), ajenas al recurso extraordinario (Fallos: 285:410, 286:87, 291:356 y 308:551). Además, la invocación genérica de cláusulas constitucionales (arts. 17, 18 y 19 CN) no es suficiente para habilitar la vía extraordinaria, pues no se acreditó una relación directa. La alegación de arbitrariedad no fue considerada, ya que no se justifica en los términos del recurso. En definitiva, la denegatoria del recurso fue fundada en la falta de requisitos y en la ausencia de una cuestión federal sustancial."
- TIPO DE PROCESO: ADMINISTRATIVO

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