NOCETTO, FERNANDO JAVIER Y OTROS CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES)
El Tribunal Superior de Justicia revoca la sentencia de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo y ordena un nuevo pronunciamiento por consideración de la constitucionalidad de normas relacionadas con el suplemento por área crítica para enfermeros.
- Quién demanda: Fernando Javier Nocetto y otros enfermeros del Hospital General de Agudos “Bernardino Rivadavia”
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La liquidación y pago mensual del suplemento especial por área crítica y diferencias salariales no abonadas
¿Qué se resolvió?
El Tribunal hace lugar al recurso de inconstitucionalidad, revoca la sentencia de la Cámara y ordena que se dicte un nuevo fallo. La decisión se fundamenta en que la Cámara vulneró la doctrina plenaria al declarar inconstitucionales ciertos artículos que limitaban el derecho al suplemento a profesionales de la salud y que los enfermeros no estaban incorporados en esa normativa, considerándolo una interpretación contraria a la constitucionalidad y a la doctrina legal establecida en fallos plenarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El Tribunal señala que la cuestión es similar a la resuelta en el expediente N° 6246/2017-0, en la que se reconoció el derecho al suplemento por actividad crítica a los agentes de enfermería en sectores considerados críticos. La sentencia de la Cámara, al declarar inconstitucional el inciso 5° de la disposición transitoria tercera de la resolución 152/1999 y el plenario 3/2002, vulneró la doctrina plenaria y la interpretación de la normativa vigente, lo que a su entender, constituye un error que debe ser corregido. La sentencia también argumenta que la interpretación de la Cámara desconoce que los enfermeros cumplen con los requisitos para acceder al suplemento y que la doctrina plenaria debe ser respetada y aplicada en los casos en que exista jurisprudencia consolidada. Además, el Tribunal enfatiza que la declaración de inconstitucionalidad busca preservar la constitucionalidad y la armonía del marco normativo. El Fiscal Adjunto propuso el rechazo del recurso, pero el Tribunal decidió hacer lugar, revocar la sentencia y ordenar un nuevo pronunciamiento.
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