METROVIAS sa s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en METROVIAS S.A. CONTRA ENTE UNICO REGULADOR DE LOS SERVICIOS PUBLICOS DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES SOBRE RECURSO DIRECTO SOBRE RESOLUCIONES DEL ENTE UNICO REGULADOR DE SERVICIOS PUBLICOS
La Cámara denegó el recurso extraordinario federal por falta de acreditación de la cuestión federal y arbitrariedad en la sentencia, confirmando la decisión de rechazo de la queja por inconstitucionalidad de Metrovías.
- Quién demanda: Metrovías S.A.
¿A quién se demanda?
Ente Único Regulador de Servicios Públicos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (EURSPCABA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de inconstitucionalidad de una sanción impuesta por el EURSPCABA, a través de un recurso extraordinario federal.
¿Qué se resolvió?
Se denegó el recurso extraordinario federal de Metrovías, confirmando la sentencia que rechazó su queja por inconstitucionalidad, argumentando que no se acreditó la existencia de una cuestión federal prevista en el art. 14 de la ley 48 ni una arbitrariedad en la resolución impugnada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara recordó que la cuestión controvertida en autos versó sobre la interpretación y aplicación de normas locales y de derecho común, ajenas al recurso extraordinario, y citó fallos anteriores: "el pleito fue promovido por la recurrente con el objeto de obtener la declaración judicial de nulidad de una sanción que le fue impuesta por el EURSPCABA, creado por el art. 138 de la CCBA, y la cuestión debatida en autos estuvo centralmente acotada a la interpretación y aplicación de normas locales y de derecho común (entre ellas, las leyes 210 y 24.240), que resultan ajenas al recurso extraordinario intentado (Fallos: 285:410, 286:87, 291:356 y 308:551, entre otros)". La invocación genérica de cláusulas constitucionales no habilita la vía extraordinaria sin una relación directa con la decisión. La alegación de arbitrariedad en la sentencia no fue aceptada, ya que no se configuró una excepción a la regla de que no corresponde pronunciarse sobre la arbitrariedad en estos casos. La doctrina de la arbitrariedad requiere deficiencias lógicas o ausencia de fundamento, no solo disconformidad con la sentencia. Se impusieron las costas a la parte vencida, en este caso, Metrovías, por aplicación del principio objetivo de derrota.
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