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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en PEREZ, ROMINA ELIZABETH CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES

La Corte deniega el recurso extraordinario federal del GCBA por falta de cuestión federal habilitante, confirmando la decisión de primera instancia y argumentando que el planteo del Gobierno no configura una cuestión de interés federal ni una arbitrariedad pasible de revisión en esta vía.

Recurso extraordinario federal Remuneracion Relacion directa Empleo publico Profesionales de la salud Personal de enfermeria Cuestion no federal Adicionales de remuneracion Adicional por actividad critica


¿Quién es el actor?

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Romina Elizabeth Pérez y otros (parte actora en la causa)
- Objeto de la demanda: Recurso de queja por recurso de inconstitucionalidad denegado, en el marco de un reclamo por empleo público, diferencias salariales y otros derechos laborales.
- Decisión del tribunal: Se deniega el recurso extraordinario federal del GCBA, por no acreditar la existencia de una cuestión federal que habilite su intervención, y por considerar que las cuestiones planteadas son propias de los jueces de la causa y no de la Corte.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal señala que el GCBA no demuestra la existencia de una cuestión federal que habilite la intervención de la CSJN, en línea con el art. 14 de la ley 48. Además, el hecho de que se aleguen violaciones a derechos constitucionales como el debido proceso, igualdad y propiedad, no implica automáticamente la existencia de una cuestión federal. "La doctrina de la arbitrariedad no tiene por objeto convertir a la Corte en un tribunal de tercera instancia, sino que atiende a cubrir casos de carácter excepcional en los que, deficiencias lógicas del razonamiento o una total ausencia de fundamento normativo, impidan considerar el pronunciamiento de los jueces ordinarios como la sentencia fundada en ley a que hacen referencia los arts. 17 y 18 de la Constitución Nacional". Asimismo, el tribunal rechaza la alegación de gravedad institucional, ya que dicha doctrina solo faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal. "Esa doctrina sólo ... faculta a prescindir de ciertos requisitos formales, pero no a suplir la inexistencia de cuestión federal". Finalmente, concluyen que no existen elementos que justifiquen la intervención de la CSJN, por lo que el recurso extraordinario federal debe ser rechazado con costas.

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