GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en ROMANO, GLORIA CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) - EMPLEO PUBLICO-DIFERENCIAS SALARIALES
La Sala Superior rechaza la queja del GCBA contra la regulación de honorarios en un proceso laboral, considerando que no se demostró arbitrariedad ni vulneración de derechos constitucionales. La decisión se fundamenta en la falta de fundamentación suficiente del recurso de queja y en que las cuestiones de honorarios son de naturaleza fáctica y procesal, ajenas a la instancia de inconstitucionalidad. La Cámara elevó los honorarios a $658.890 considerando los méritos de la labor profesional y los mínimos legales, y la queja fue rechazada por no demostrar un caso constitucional o federal.
- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿A quién se demanda?
Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo (Sala IV)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión de la regulación de honorarios profesionales en un proceso por diferencias salariales y declaración de inconstitucionalidad de la resolución que elevó dichos honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Sala Superior rechaza la queja del GCBA por carecer de fundamentación suficiente y por no demostrar vulneración constitucional, confirmando la regulación de honorarios de $658.890.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El recurso de queja articulado por el GCBA ha sido interpuesto en tiempo oportuno (art. 33 de la ley 402). Sin embargo, debe ser rechazado toda vez que no demuestra la existencia de un caso constitucional o federal. En principio, las cuestiones referidas a los honorarios de los profesionales intervinientes en un juicio, por su carácter fáctico y de derecho procesal, resultan ajenas a la instancia extraordinaria de este Tribunal a través del recurso de inconstitucionalidad. En su queja, el recurrente se limita a exponer su discrepancia con los razonamientos efectuados por la Cámara sobre cuestiones de hecho y derecho local infraconstitucional, sin demostrar que la regulación de honorarios atacada —más allá de su acierto o error— resulte insostenible como acto jurisdiccional."
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