INCIDENTE DE INCOMPETENCIA EN AUTOS A DETERMINAR, NN SOBRE 119 1°PARR - ABUSO SEXUAL SIMPLE
Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires declara la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 37 en un incidente de incompetencia en causa por abuso sexual simple
- Quién demanda: No hay demanda, es un incidente de competencia.
¿A quién se demanda?
No hay demandado, es un incidente entre juzgados.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Determinar cuál es el juzgado competente en una causa por abuso sexual simple en la que una menor fue víctima.
¿Qué se resolvió?
El Tribunal declaró la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 37, remitiendo el incidente y remitiendo el expediente al juzgado competente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto, referidos en el punto 6 del apartado “Resulta”, a los que remitimos por razones de brevedad, corresponde declarar la competencia del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional n° 37." Asimismo, el Tribunal consideró que la conducta atribuida al imputado, consistente en tomar a la menor de la cintura y besarle el cuello sin su consentimiento, posee un contenido sexual claramente suficiente para encuadrar prima facie en el delito de abuso sexual (art. 119 del CP). La declaración de competencia fue fundamentada en las declaraciones de la denunciante y su hija, las cuales permiten determinar las circunstancias del hecho y su posible tipificación. El Tribunal rechazó la declinatoria de competencia planteada por los juzgados inferiores, en virtud de la naturaleza del hecho y la vinculación con delitos de índole sexual, y remite la causa al juzgado federal competente para su sustanciación.
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