MENDIA NATALIA NOELIA y otros CONTRA GCBA SOBRE EMPLEO PUBLICO (EXCEPTO CESANTIA O EXONERACIONES) s/ OTROS PROCESOS INCIDENTALES
El Tribunal regula los honorarios del patrocinio y representación de la letrada en el incidente vinculado a la contestación del recurso extraordinario federal en un proceso de empleo público. La mayoría fija los honorarios en 7.5 UMA, considerando la complejidad y el resultado, mientras que la jueza en disidencia proponía 20 UMA.
¿Quién es el actor?
la parte actora en el expediente n° 18037/2016-1
¿A quién se demanda?
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
regulación de honorarios profesionales de la letrada María Silvina Marengo por su labor en el incidente referido a la contestación del recurso extraordinario federal
¿Qué se resolvió?
el Tribunal regularizó los honorarios en 7.5 UMA más IVA, en mayoría, considerando la naturaleza y complejidad de la tarea realizada y el resultado obtenido
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La mayoría del Tribunal aplicó la normativa arancelaria y consideró la labor como de complejidad media, con resultado favorable para la letrada, en base a la base regulatoria y la naturaleza del trabajo. La jueza en disidencia propuso una cuantía mayor (20 UMA), en atención a la elevación de honorarios en la instancia de apelación y la mayor cuantía que ello implicaba. La disidente argumentó que la escala máxima (40%) sobre los honorarios de primera instancia, aplicada a la suma de $997.470, arroja un monto superior, por lo que propuso la fijación en esa cifra, ajustándose al art. 30 y 31 de la ley 5134.
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