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GCBA s/ QUEJA POR RECURSO DE INCONSTITUCIONALIDAD DENEGADO en TAN CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - HABITACIONALES

La queja del GCBA contra la denegatoria de su recurso de inconstitucionalidad fue rechazada por no cumplir con los requisitos formales y sustantivos establecidos por la jurisprudencia. El tribunal concluyó que no se demostraron cuestiones constitucionales o de gravedad institucional que justifiquen la revisión.

Personas con discapacidad Adultos mayores Fundamentacion del recurso Arbitrariedad de sentencia Situacion de vulnerabilidad Falta de fundamentacion Alojamiento Queja por denegacion del recurso de inconstitucionalidad Cuestion no constitucional Derecho a la vivienda digna Proteccion integral de derechos sociales Pobreza critica


- Quién demanda: Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCBA)

¿A quién se demanda?

Tribunal que denegó su recurso de inconstitucionalidad (Sala IV de la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la decisión que negó su recurso de inconstitucionalidad respecto a una sentencia que ordenó al GCBA garantizar a un adulto mayor en situación de pobreza crítica y vulnerabilidad social el derecho a una vivienda digna mediante un programa habitacional y fondos para cubrir sus necesidades básicas.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó la queja del GCBA por no presentar argumentos suficientes que demuestren la existencia de una cuestión constitucional, federal o arbitrariedad grave en la decisión impugnada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La queja no rebate en forma suficiente la denegatoria del recurso de inconstitucionalidad ni acredita la existencia de una cuestión constitucional o federal, conforme a los arts. 113 inc. 3 de la CCABA y 27 de la ley 402. La doctrina de la CSJN establece que las quejas por recursos denegados requieren argumentos fundados, no meras disconformidades. La referencia a la gravedad institucional no está respaldada con fundamentos que demuestren cómo la decisión afecta intereses de la comunidad o principios constitucionales. Los agravios no evidencian deficiencias lógicas o de fundamentación que invaliden la sentencia, que fue fundada en ley. Por todo ello, corresponde rechazar la queja interpuesta por el GCBA.

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